Cómo tramitar la suspensión de cuarta categoría en SUNAT

26/05/2022

suspensión de cuarta categoría

Como cada año los trabajadores que están comprendidos dentro de la cuarta categoría establecida por la SUNAT, tienen la oportunidad de solicitar la suspensión de retenciones del Impuesto a la Renta. No es muy difícil. Entérate cómo debes hacerlo.

Contenido

¿Quiénes pertenecen a la cuarta categoría?

Todos aquellos que obtienen ingresos por el ejercicio individual de cualquier profesión, arte, ciencia u oficio. Asimismo, los que desempeñan las funciones de síndico, gestor de negocios, director de empresas, albacea y quienes realizan actividades similares.

¿A cuánto asciende la suspensión de retención?

Como trabajador independiente con rentas de cuarta categoría, puedes solicitar la suspensión de la retención del 8% del Impuesto a la Renta.

¿Cuánto debe ganar el trabajador para beneficiarse con la suspensión?

Según la Resolución 203-2021-SUNAT, los ingresos del trabajador no deben superar los 40,250 mensuales o 3,354 mensuales, para que no estén afectos a la retención de cuarta categoría.

¿Cómo se deduce el monto máximo para acogerse a la suspensión?

Los 40,250 soles se deducen de la siguiente manera:

  • Ingreso equivalente a 7 UIT (para este año es de 32,200 soles)
  • Descuento del 20% (8,050 soles) de los ingresos brutos (40,250 soles) por concepto de gastos de oficina, equipos y otros
  • La suma de 32,200 más 8,050 da como resultado 40,250; monto sobre los cuales no se paga el Impuesto a la Renta.

¿Todos los trabajadores de cuarta categoría tienen la misma deducción?

No. En el caso, de los directores de empresas, síndicos, gestores de negocios, albaceas, consejeros municipales y regionales, no pagan el impuesto de cuarta categoría cuando sus ingresos del año 2022 no superan 7 UIT, es decir S/ 32.200 o S/ 2.683 mensuales.

¿Por qué es importante tramitar la suspensión de cuarta categoría?

Según el DS 215-2006 de Economía y Finanzas, las empresas que tengan vínculo laboral con trabajadores de cuarta categoría están obligadas a retener el 8% de impuesto a la renta, cuando el honorario bruto a pagar sea mayor de 1,500 soles, salvo que el trabajador cuente con la suspensión de retención emitida por la SUNAT.

¿En qué momento se puede gestionar la suspensión de retenciones?

El trámite de suspensión de retenciones se puede hacer en cualquier momento del año. La suspensión que autorice SUNAT será válida desde el día siguiente al de su generación, hasta el 31 de diciembre 2022.

TRÁMITE

¿Cuáles son los requisitos para solicitar la suspensión de remuneraciones?

Son los siguientes:

  • Poseer la clave SOL
  • Fecha de primer ingreso por rentas de 4ta categoría.
  • Monto total de ingresos o proyección de ingresos de cuarta categoría.

¿Cómo se puede solicitar la suspensión de remuneraciones?

El trámite se realiza de manera virtual. Solo sigue estos pasos:

  • Ingresa tu número de RUC y clave SOL
  • Elige la opción “Personas”
  • Presiona el botón “Otras Declaraciones”
  • Haz clic en “Solicitudes”
  • Elige “Solicito Suspensión de Retenciones de 4ta Categoría”
  • Presiona el botón “Suspensión de Retención de 4ta Categoría”
  • Elige “Formulario 1609"
  • Completa la información solicitada por el sistema.

¿También se puede realizar el trámite de manera presencial?

Sólo se puede efectuar el trámite presencial cuando la solicitud ha sido rechazada, por:

  • Superar el monto de S/ 40.2050 o S/ 32.200
  • Fallas  en el sistema virtual de la SUNAT.

¿Por qué motivos pueden rechazar la solicitud?

A veces, la SUNAT puede no considerar saldos a favor, pagos a cuenta o retenciones declaradas, declaraciones rectificatorias presentadas. En tales casos, se puede volver a presentar la solicitud dentro de los 30 días calendario a la fecha del rechazo.

¿Qué hacer si la solicitud es rechazada por superar el monto máximo?

Si la solicitud es rechazada de manera virtual, tienes que dirigirte a cualquier de los Centros de Servicios al Contribuyente, la ubicación y horarios los puedes encontrar en  https://www.sunat.gob.pe/institucional/contactenos/presencial_Lima.html, con los siguientes documentos:

  • El formulario 1609 con los datos solicitados
  • La prueba impresa que acredita que no se pudo realizar el trámite virtual

Un funcionario registrará la información en el sistema y te entregará una constancia que estará vigente desde ese día hasta el último día calendario del mes siguiente.

https://www.youtube.com/watch?v=38-NfiAlH74

Si quieres información adicional a Cómo tramitar la suspensión de cuarta categoría en SUNAT puedes visitar la sección Trámites.

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Perú Actual

Somo un grupo de jóvenes periodistas interesados por la sociedad, la cultura y la historia del Perú. En este blog compartimos temas de actualidad, historia, turismo y educación.

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